Es la instancia superior de participación y orientación pedagógica a nivel institucional, conformado por el(la) rector(a), coordinadores(as); los jefes de área según el plan de estudio en la básica secundaria y media técnica, un docente representante de cada grado de primaria y de Pre-escolar.
Integrado por: (DECRETO 1860, ART 24)
- El Rector(a), quien lo preside.
- Los y las Directivos(as) Docentes.
- Orientadora Escolar
- Un (1) docente representante de cada área
- Un (1) docente representante de cada grado de primaria.
Funciones: (DECRETO 1860, ART 24).
- Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional;
- Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto;
- Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución;
- Participar en la evaluación institucional anual;
- Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación;
- Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.
- y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.
- Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta prestación del servicio educativo.
4.1.3.3. El Rector. Es el representante legal de la institución ante las autoridades educativas y el coordinador y ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar
FUNCIONES – LEY 715 ART 10
- Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
- Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.
- Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.
- Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución.
- Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
- Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la secretaría de educación distrital, municipal, departamental o quien haga sus veces.
- Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.
- Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.
- Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.
- Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrat ivos a su cargo.
- Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
- Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
- Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos.
- Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución.
- Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses.
- Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la presente ley.
- Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.
- Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta prestación del servicio educativo.
4.1.3.4. Otros organismos de participación, que dinamizan los procesos de participación y coadyuvan en el accionar pedagógico y administrativo de la institución. Ellos son:
- El Consejo de Estudiantes
- La Asociación de Ex alumnos
- El Personero y los personeritos de los estudiantes
- El veedor ambiental
- El contralor escolar
- Los monitores o representantes de cada grupo
- La Asociación de padres de Familia
- El Consejo de Padres de familia